Con su venia presidente;

México tiene firmados diversos tratados y acuerdos comerciales lo que ha impulsado en gran medida el desarrollo económico reciente, siendo uno de los países con mayor apertura en materia comercial. El comercio exterior estimula la inversión extranjera y contribuye a la generación de empleos, por lo que constituye una actividad vinculada de forma esencial al crecimiento y fortalecimiento económico del país.

Además de lo anterior, el comercio exterior tiene una función recaudatoria muy importante, más del veinte por ciento de lo recaudado por la Secretaría de Hacienda, proviene de los derechos e impuestos que se aplican a la importación y exportación de mercancías que pasan por las aduanas de México.

La Organización Mundial de Comercio de la cual México es parte, establece a los países miembros las responsabilidades relacionadas con el tráfico internacional de mercancías, en los últimos años hemos observado un cambio a las responsabilidades tradicionales de las aduanas del país, cuyo objetivo principal era la recaudación de impuestos a responsabilidades más amplias para facilitar el comercio exterior.

Entre los años 2020 y 2021 el Gobierno Federal implementó diversos decretos en materia de importación y exportación de los productos novedosos del tabaco y la nicotina, decreto del 19 de febrero de 2020 que estableció la prohibición de la importación de los dispositivos novedosos del tabaco y nicotina, decreto del 22 de octubre del 2021 que vuelve a establecer la prohibición de la importación de estos dispositivos, en el que además se agregó la prohibición de los cartuchos.

La Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, alertaron sobre el riesgo que representa los productos comúnmente denominados como cigarrillos electrónicos o vapeadores en todas sus modalidades debido a que son altamente adictivos y ocasionan graves daños a la salud.

Se sugiere votar a favor del dictamen, ya que es necesaria una armonización en el marco normativo de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, a fin de evitar se lleven a cabo prácticas de comercio ilegales de productos de tabaco y nicotina, novedosos y emergentes.

Por lo que con las modificaciones realizadas en el Senado de la República se concreta la armonización de la tarifa y junto con la Ley General para el Control de Tabaco y con decretos presidenciales, publicados en el Diario Oficial del 19 de febrero y del 22 de octubre del 2021, que establecen la prohibición de la importación de estos dispositivos.

De igual modo, la presente armonización permite el cumplimiento de los compromisos internacionales que México ha ratificado en materia del control del tabaco, con la finalidad de prolongar y mejorar la calidad de vida humana y evitar desde un aspecto de orden público e interés social, que aumenten las enfermedades atribuibles al tabaquismo y al consumo de nicotina.

Que impacten en la capacidad del Estado para atender a la población con los problemas de salud que se derivan de éstos, instituido en la evidencia científica y el principio precautorio, bajo el cual, se sustenta la prohibición explícita a la prohibición de los sistemas similares y nicotina de los sistemas electrónicos de administración de nicotina y de los sistemas alternativos de consumo de nicotina.

Con ello, se protege la salud de todos los mexicanos, principalmente de la niñez y adolescencia mexicana y se ratifican los compromisos del gobierno federal de hacer valer todos los derechos otorgados por la ley.

Por lo que solicito su voto a favor, por estar acorde con la salud de todas y todos los mexicanos y con los tratados internacionales de los que México forma parte.

Es cuanto.