Honorable Asamblea.

Me permito presentar el Dictamen por el que se reforma el artículo 127 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el cual tiene como finalidad incorporar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINA), además de realizar las modificaciones pertinentes para incorporar a dicho artículo, el lenguaje inclusivo y actualizar los nombres de las secretarías de Estado.

El Sistema Nacional de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes, surge el 4 de diciembre de 2014, con la entrada en vigor de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Dicho Sistema tiene como objetivo que el estado cumpla con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que hayan sido vulnerados.

El SIPINA, al ser un sistema, actualmente está integrado por diferentes secretarías de Estado, como las secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda, Bienestar, Educación Pública, Salud, Trabajo y Previsión Social, además del DIF.

Así mismo los poderes Ejecutivo, locales, la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y diversas organizaciones de la sociedad civil e internacionales.

Cada secretaría de Estado que integra el SIPINA, tiene una gran responsabilidad en la implementación de las estrategias encaminadas a proteger las estrategias de la niñez en los diferentes sectores.

La participación de la Semarnat en el Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, es fundamental, partiendo de que nuestra Constitución garantiza a toda persona el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, que la ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece en el artículo 13, que la niñez y la adolescencia tienen el derecho a vivir en ambientes sanos y libres de contaminantes.

En este orden de ideas, quienes integramos la Comisión de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, consideramos necesaria la participación de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales en el SIPINA, ya que las políticas implementadas para la protección de los derechos de las niñas y niños cuenten con la participación activa de la dependencia encargada de las políticas ambientales de nuestro país.

Estamos convencidos de que, mediante la coordinación institucional, se pueden lograr mejores resultados.

Adicionalmente, en el presente dictamen, aprovechamos la oportunidad de reformar y actualizar el artículo 127, cambiando las menciones de secretarias a secretarías y con ello continuar con el compromiso de actualizar nuestras leyes en el lenguaje inclusivo.

Por ello y por todo lo anterior, les pedimos su voto a favor del presente dictamen.

Es cuando, gracias presidenta.