· Para estos delitos se duplicarían las sanciones

La senadora María Elena Barrera Tapia lamentó que el turismo sexual y la pornografía infantil en México se haya convertido en un terrible mercado aprovechado por personas sin escrúpulos para comercializar la vida de otras.

Por ello, junto a senadoras del PRI presentó una reforma al artículo 205 bis del Código Penal Federal para establecer que las sanciones establecidas por el delito de pornografía infantil y el turismo sexual se dupliquen en caso de que el autor tuviera algún parentesco, lazo afectivo, se valga de su función pública o sea un ministro de culto religioso.

Estadísticas de la Policía Federal la explotación sexual de niños y adolescentes a través de internet ocupa el tercer lugar en la lista de delitos cibernéticos. Además, México se encuentra en segundo lugar, a nivel mundial, en la producción de pornografía infantil.

El turismo sexual es un segmento que genera grandes cantidades de ganancias pues recurre a las mismas prácticas del crimen organizado, crea redes para capturar, transportar, alojar y comercializar a los grupos más vulnerables del mundo.

Los niños, adolescentes y migrantes son los más vulnerables, algunos son orillados por la violencia familiar que viven, la falta de oportunidades para estudiar o trabajar y por cuestiones de pobreza o pobreza extrema.

En el Código Penal el artículo 202 establece de 7 a 12 años de prisión y una multa de 800 a 2 mil días de multas para el delito de pornografía en menores y en el artículo 203 se disponen las mismas sanciones pero para quien realice turismo sexual.

Por ello, insistió que es importante reforzar la protección de los niños mexicanos con leyes fuertes que inhiban este tipo de acciones delictivas.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO